lunes, 21 de marzo de 2016

COMPRAS APALANCADAS (LBO), ¿PELIGROSAS?

El LBO es el acrónimo del término inglés Leveraged Buy Out, un concepto que a día de hoy surge con mayor frecuencia, especialmente en las noticias económicas. Pero, ¿Qué es realmente un LBO?

Pues bien un LBO o compra con apalancamiento de activos, es un método financiero para conseguir la adquisición de otra empresa usando como financiación el valor de los activos de la misma compañía que queremos comprar. Por poner un ejemplo, imaginemos que queremos comprar una empresa por 4 millones de euros y pagarla utilizando los 4 millones que tiene en inmovilizado.

Pero en términos reales, son operaciones mucho más complejas, habida cuenta de que la sociedad adquirida normalmente arrastra problemas financieros severos (y esto es lo que incentiva su compra: tratar de sanearla). Además, las relaciones de la compradora y la adquirida y la operación misma es menos clara que el anterior templo.

La idea de que la operación resulta apalancada es porque el precio no se paga con la tesorería actual de la empresa adquirida, sino que la operación se basa exclusivamente en la capacidad de pago de la empresa por adquirir, es por ello que se puede equiparar la financiación de una compra apalancada con la financiación de un proyecto; por lo que deberá lograr flujos de caja que son los que utilizará la compradora para adquirirla.

La expectativa del comprador en una compra apalancada se basa en el principio del apalancamiento. Con unos medios propios reducidos se consigue una rentabilidad financiera, siempre y cuando la rentabilidad total sea mayor que los intereses del capital de terceros. Requisito es también que la empresa objetivo tenga un flujo líquido lo suficientemente elevado para hacer frente a las obligaciones futuras.

Pero a futuro, esto es una operación de riesgo, ya que hay que asegurar que la empresa adquirida va a tener esos flujos de efectivo (lo que se requiere un riguroso estudio por parte de la empresa adquirente vía due diligence). Por lo que al responder esta pregunta, arrojamos luz sobre el riesgo real que implican este tipo de operaciones, es decir, quien es el que asume la inseguridad de que la empresa adquirida pueda pagar, que no son otros que los acreedores de la sociedad comprada y la adquirida deberá lograr un margen extra de actividad para poder pagar esa compra.

Normalmente, para salvar este riesgo, se puede buscar garantizar la operación estableciendo derechos reales sobre las acciones (o participaciones, si la entidad comprada fuera una S.L) o sobre los activos más relevantes de la sociedad obtenida (ojo con los intangibles). Pero estas garantías no están permitidas, artículos 149 y 150 de la Ley de Sociedades de Capital (Real Decreto-Legislativo 1/2010). Entonces, ¿Qué hacer? Pues lo que se hace es articular otras vías, como adquirir activos directamente de la sociedad (atención al precio de transacción) o realizar una fusión apalancada regulada en el artículo 35 de la Ley 3/2009 de Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles.

No obstante, la adquirida tendrá que endeudarse y consecuentemente sus gastos financieros aumentarán, además, la gestión de la sociedad debe de ser muy eficaz para poder asumir este sobrecoste financiero. En caso contrario, la situación se volverá estresada, pudiendo no cumplir con las obligaciones de pago y entre en concurso (por suspensión de pagos o bancarrota, pues la ley concursal no distingue entre los dos, como así lo hacía la anterior regulación).

Por tanto, el peligro de un LBO es que se convierta en un Large Bankruptcy Opportunity, augurando el final que le puede ocurrir a la empresa adquirida, la bancarrota.

JIV

P,.D.- Cuadro resumen de un LBO:


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