lunes, 25 de enero de 2021

FINANZAS. CONCEPTO Y ELEMENTOS DE UNA RENTA FINANCIERA.

Muchas veces la gente, dentro de la cultura financiera no entiende o no sabe calcular rentas financieras, que son básicas para calcular, por ejemplo la anualidad de una hipoteca.

En este articulo voy a definir qué se entiende por una renta financiera y cuáles son sus elementos.

La renta se define como un conjunto de capitales con vencimientos equidistantes de tiempo. Para que exista renta se tienen que dar los dos siguientes requisitos:

Ø      Existencia de varios capitales, al menos dos.

Ø      Periodicidad constante, es decir, entre dos capitales consecutivos debe existir siempre el mismo espacio de tiempo (cualquiera que sea).

Elementos de una renta financiera:

  1. Fuente de la renta. Entendido como el fenómeno económico que da origen al nacimiento de la renta.
  2. Origen (o). Momento en el que comienza a devengarse el primer capital.
  3. Final (n). Momento en el que termina de devengarse el último capital.
  4. Duración (n-o). Tiempo entre el origen y el final de la renta.
  5. Término. Cada uno de los términos que componen la renta (Ci).
  6. Período. Intervalo de tiempo entre dos capitales consecutivos.
  7. Tanto de interés. Tasa empleada para mover los capitales de la renta.

Para poder valorar y desplazar un elevado número de capitales con relativa facilidad se utilizan las rentas financieras. Éste es por tanto su objetivo, desplazar en el tiempo un grupo de capitales a la vez.

 

JIV

 

viernes, 15 de enero de 2021

SOCIEDADES Y CENTROS OFF-SHORE


Vamos, brevemente a definir que es eso de empresas off-shore o estados/regiones off-shore.

El término off-shore se refiere a una ubicación fuera de los límites nacionales, ya sea que esa ubicación esté basada en tierra o agua. El término puede usarse para describir bancos, corporaciones, inversiones y depósitos extranjeros.

 

I) SOCIEDAD OFF-SHORE

Las sociedades offshore son aquellas que tienen su sede en el extranjero. Para calificar como offshore, la entidad debe estar ubicada en cualquier país que no sea el país de origen del cliente o del inversor.

Una sociedad offshore es aquella registrada en un país en el que no desarrolla ninguna clase de actividad económica. Es decir, es una sociedad instrumental o de propósito específico (SPV) o de carácter patrimonial (tenencia de activos). Y se caracterizan además con registrarse y crearse en países también off-shore.

¿Significa que una empresa constituida en estos países es automáticamente off--shore? Pues no. Ya que si la empresa llevase a cabo alguna clase de actividad económica en el país donde se ha constituido pasaría a ser una empresa on-shore, por lo que debería pagar unos impuestos muy parecidos a los de cualquier país (Sociedades, Consumo e impuestos o cotizaciones sociales de los trabajadores)

Entonces, ¿Cuál es el motivo de crear una empresa off-shore? ¿Por qué se constituyen? Pues es relativamente sencillo de explicar. Pero antes vamos a explicar y aclarar que se considera o que es un país o centro off-shore. Y luego concluiremos con el porqué, señalando sus razones, ventajas e inconvenientes.

 

II) PAIS/REGIÓN OFF-SHORE.

Un país o región off-shore no solo se caracteriza por ser un paraíso fiscal (de hecho podría perfectamente no ser un paraíso fiscal y si ser un territorio offshore, esto no ocurre a la inversa), sino también por otros aspectos como los siguientes aspectos:

Ø      Facilidad de creación de empresas y ausencia de trabas y costes administrativos administrativas. Es tal la rapidez en la creación que incluso en 24 horas se puede constituir la sociedad.

Ø      Regulación mercantil muy laxa. Aquí nos podemos encontrar con los siguientes puntos o especifidades:

Ø      Ausencia de obligación de redactar las cuentas anuales de la empresa (Balance de Situación, Cuenta de Pérdidas y Ganancias, Estado de Flujos de Efectivo, Memoria e Informe de Situación). En consecuencia, no hay obligación de auditoria de las mismas. Esto tiene sus consecuencias negativas para los inversores o deudores y para cualquier usuario de Información Financiera, pues no tiene habilitación legal para poder exigir la elaboración y publicidad de las citadas cuentas anuales (por motivos de solvencia, rentabilidad y actividades de la empresa a la hora de tomar sus decisiones sobre la misma).

Ø     Regímenes especiales de opacidad en términos generales y de secreto bancario en término particular. Esto implica que no hay obligación de colaboración con autoridades de otros estados o regiones y de confidencialidad en cuanto a información relativa a localización de activos y de sus propietarios.

Ø     Ausencia de un régimen de supervisión financiero. Todo relativo al sector bancario, seguros y de valores. Lo que implica una desprotección ante insolvencias de de entidades financieras, al carecer de una regulación prudencial y de honorabilidad, control y supervisión en cuanto a los administradores de la sociedad (ya sean uno o varios mancomunados o constituidos en Consejo). En consecuencia a todo ello, ya desde 2003, a titulo ejemplificativo y debido al impacto en el riesgo legal y reputacional de las entidades de crédito en España, nuestro banco central establece unas medidas especiales para estas entidades. https://www.bde.es/f/webbde/COM/supervision/politica/La_politica_de_las_entidades_de_credito_en_la_expansion.pdf

 

¿Qué países o regiones son considerados como centros off-shore? Hay varios ejemplos. Andorra, las Bahamas, Belice, Bermudas, las Islas Vírgenes Británicas, las Islas Caimán , las Islas del Canal, las Islas Cook, la Isla de Jersey, Hong Kong, La Isla de Man, Mauricio, Liechtenstein, Mónaco, Panamá, San Cristóbal y Nieves; entre otros.

Pero, ¿Luxemburgo es un país off-shore? En sentido amplio sí. Pero, al estar dentro de la UE y dentro de la UME tiene que respetar la legislación comunitaria aplicable a la defensa de consumidores, usuarios e inversores minoristas sobre transparencia, y riesgos; por lo que consecuentemente no sería un centro off-shore de manera estricta.

 

III) VENTAJAS E INCONVENIENTES DE ESTA ESTRUCTURA.

Vamos a ver ahora el porqué se constituyen estas empresas. El debate está servido, pues hay muchos argumentos a favor muy lógicos y sensatos.

Es necesario decir que no es ilegal tener empresas off-shore siempre que se declare a la Agencia Tributaria a través del modelo de declaración de bienes en el extranjero.

Ya henos mencionados que uno de los razonamientos son las menores trabas y costes burocráticos para crear este tipo de estructuras societarias. Y de menores costes de mantenimiento de la misma. A efectos genéricos se suelen citar los siguientes puntos positivos:

Ofrecen privacidad: Existe un elevado nivel de confidencialidad. Es muy difícil localizar sus activos y a sus propietarios.

Ventajas fiscales: Quien desee pagar menos impuestos puede crear una sociedad offshore.

Fácil constitución: Trámites de registro y constitución rápidos y tasas relativamente bajas.

Ausencia de controles societarios.

No obstante, es necesario decir que, aunque es legal este tipo de sociedades, normalmente se suelen utilizar, según indican sus detractores con argumentos también muy razonables que se eluden determinados tributos como el Impuesto de Sucesiones, el Impuesto de Patrimonio o impuestos sobre la renta y sobre el consumo.

Así también se les ha acusado de utilizar estas sociedades para ocultar fondos procedentes de actividades delictivas tales como el terrorismo o el tráfico de drogas (caso de por ejemplo Gibraltar). Incluso las compañías offshore pueden emplearse para guardar dinero no contabilizado (o para generar lo que se llama contabilidad creativa, ocultación de patrimonio).

Asimismo, los críticos argumentan que la deslocalización es una forma de ocultar las obligaciones tributarias o las ganancias obtenidas ilegalmente de las autoridades.

 

Sin embargo, los partidarios de estas sociedades argumentan, no sin un motivo razonable, que mejoran el flujo de capital y facilitan las transacciones comerciales internacionales.

También, esas condiciones más favorables en estos países (salarios, regulaciones laxas), pueden resultar en ahorros significativos para el negocio, lo que sin duda puede beneficiar al consumidor o usuario final (como puede ser el caso de los Fondos de Inversión Colectiva por ejemplo).

Por último, tengo que recalcar, como inconveniente desde un punto de vista del inversor es que la naturaleza (opaca) misma del negocio dificulta su evaluación por parte de inversores. La ausencia de transparencia, y de control de riesgos financieros puede ser un lastre para el inversor (con la excepción de países dentro de la UE como ya se ha explicado).

Además, la sociedad offshore también corre el riesgo de perder los beneficios disponibles en su país de origen, como los beneficios comerciales, o beneficios fiscales (Deducciones o bonificaciones en las cuotas de los impuestos).

 

IV) EJEMPLO

 

Tomemos un ejemplo, supongamos una empresa de comercio electrónico con productos que envías desde China a Portugal.

La empresa tiene su sede en China, donde tiene sus cuentas bancarias y realiza sus negocios de forma regular, por ejemplo, contratando a alguien en el acto para todas las tareas administrativas.

El negocio está bien establecido en China, incluso si se vive en España, en este caso es posible, con la ayuda de una empresa especializada, para dar todos los pasos en la legalidad.

Sin embargo, hay que tener en cuenta en este contexto que la administración tributaria requiere que cualquier residente fiscal declare sus cuentas en el extranjero utilizando el formulario que deberá adjuntarse a la correspondiente declaración de impuestos.

Se debe indicar los detalles del banco, referencias de cuenta, su naturaleza (cuenta de depósito, ahorros,…) y especificar, entre otras cosas, si se trata de una cuenta personal o profesional.

Por otro lado, no hay  obligación de especificar el saldo de tus cuentas en el extranjero.

De lo contrario, uno se expone a sanciones pecuniarias, además de los impuestos que deberás regularizar con intereses de demora.

 

Recordemos que tener una empresa en un país/región off-shore no es ilegal, pero lo que sí que es ilegal es la ocultación de activo y patrimonio para evadir impuestos o responsabilidades legales.

 

JIV

 

miércoles, 13 de enero de 2021

FINANZAS: LOS RIESGOS OCULTOS DE LOS FONDOS DE INVERSIÓN

Lo primero de todo, Feliz año nuevo queridos lectores. Que 2021 sea mejor que el que se ha ido, aunque no haya empezado con buen pie.

Bueno, pues, al grano con un tema muy interesante y que muchas veces la gente desconoce.

Uno de los mayores riesgos en la inversión financiera es el desconocimiento o la falta de educación financiera y los fondos de inversión no son una excepción. 

Por ello, para que se tenga algo más de educación y conocimiento, conviene nombrar los siguientes riesgos, que normalmente se desconocen.

 

Ø      No están garantizados por el Fondo de Garantía de Depósitos

Los fondos de inversión no son depósitos, por lo que no estarían garantizados por este fondo. Sin embargo, pueden estarlo por el Fondo de Garantía de Inversiones en determinados supuestos como, por ejemplo, los relacionados con la insolvencia de los fondos y sociedades de inversión. Siendo la indemnización máxima de 100.000 euros por titular.

Y ojo, tengamos en cuenta que solo se indemniza en el caso de insolvencia o falta de liquidez de los fondos de inversión. No es una garantía del capital per se.

 

Ø      Normalmente, no hay garantías

Salvo que se trate de un fondo garantizado, no tenemos una garantía de que habrá una rentabilidad mínima.

En el caso de que sea un fondo con rentabilidad garantizado hay que prestar atención a cómo se ofrece la garantía. Pues hay que vigilar la solidez financiera del fondo o sociedad de inversión a la hora de analizar esa rentabilidad. 

Además, en algunos casos, se emplean diversos tipos de instrumentos financieros para la cobertura de los riesgos, de forma que las pérdidas tengan un tope, incluso en el supuesto de que la entidad no garantice nada.

Estos instrumentos financieros son complejos, y muy difíciles de entender por alguien que no sea conocedor de estos productos.

 

Ø      Tener que tributar anticipadamente por una garantía externa

Algunos fondos garantizados tienen una garantía externa. Eso supone que, si no se llega a la rentabilidad mínima, la entidad nos abonará en la cuenta la diferencia, entre la rentabilidad garantizada y la minima. Ese importe tributa el año en el que lo recibimos y, por lo tanto, no disfruta de la ventaja propia de los fondos de inversión de poder retrasar el momento de declarar las ganancias.

 

Ø      Posibles riesgos de tipo de cambio

Este riesgo existe cuando el fondo invierte en otras divisas y no se realizan operaciones para cubrir el riesgo de que se deprecien o devalúen, es decir, cuando no hay una gestión encaminada a cubrir ese riesgo.

Este riesgo aparece en consecuencia, tanto en la valoración continua del fondo (pues hay que reconvertir el fondo a la divisa oficial, que es el euro) como en el momento del rescate o traspaso de fondos.

En caso de que el fondo esté denominado en euros e invierta en esa cuantía implica que el riesgo de cambio no existe, o si existe lo asume la gestora y no el inversor.

Por lo que hay que vigilar en qué tipo de fondos invertimos, para evitar desagradables sorpresas.

 

Ø      Los riesgos relacionados con los tipos de interés

Aplicable en los fondos que invierten en instrumentos de deuda (letras del tesoro, obligaciones y bonos del Estado y deuda privada)

La valoración de estos fondos depende de los tipos de interés, ya que los activos se valoran a coste amortizado (a descuento). Si suben los tipos de interés el valor de los activos disminuirá y a la inversa. Asimismo, ante subidas de tipos de interés hacen que las inversiones antiguas (con cupones inferiores) pierdan atractivo y si se venden, sea a pérdida.

Este riesgo es el que se denomina riesgo de mercado por riesgo de precio.

Este es un riesgo que cuando se invierte en renta fija apenas se tiene en cuenta, pues se tiene la falsa creencia de que la renta fija es fija y que no va a variar de valor. La renta fija es fija, porque en el momento de la emisión del instrumento los rendimientos (se suelen llamar cupones) están fijados en el contrato de emisión.

 

Ø      Posibles problemas de liquidez

El riesgo de liquidez es muy importante. Ya que implica que no podamos vender cuando queramos si no es pagando una importante comisión por reembolso.

No obstante, hay fondos que tienen ciertas ventanas de liquidez en donde se puede disponer parcialmente de la inversión sin una elevada comisión.

Sin embargo, también es posible que necesitemos el dinero antes de que tenga lugar la próxima ventana de liquidez. Lo que será importante es estudiar si el fondo elegido tiene comisiones de reembolso.

 

Ø      Riesgos derivados de la operativa

Hay fondos que invierten en productos derivados, es decir en contratos para que alguien se comprometa a dar o recibir algo (dicho de una manera sencilla). En un momento dado, los problemas en esa tercera parte que participa en la operación pueden trasladarse al fondo.

El riesgo operacional se debe de tener en cuenta también cuando se invierte en determinados países, como los países emergentes. Ya que el riesgo de los activos estaría relacionado con la situación interna (económica o política) del país, que puede afectar a la valoración del fondo independientemente de su gestión o de la solvencia de las propias empresas en las que invierte el fondo. Esto es lo que se denomina el riesgo-país.

 

 JIV