sábado, 13 de junio de 2020

CONTABILIDAD: SPV y DEFINICIÓN DE NEGOCIO


La SIC-12 (Standard Interpretation Committee Consolidation) en su párrafo 10º señala unos criterios de control de las Sociedades de Propósito Especial (Acrónimo en inglés SPV). Fija estos criterios basados en 4 puntos.

Ø      Actividades. Dirigidas en nombre de la entidad que presenta los estados financieros, por proveer de bienes y servicios o de las fuentes de capital a largo plazo. La dependencia económica de la entidad con respecto a la que presenta sus estados financieros, no lleva por si misma, aparejada la existencia de control.

Ø      Toma de decisiones. Se tiene poder de decisión, incluyendo ciertas capacidades de decisión o pilotaje (confiadas y delegadas). Asimismo, poder unilateral de disolver la sociedad de propósito especial o específico, poder de modificación estatutaria o poder de veto de dichos cambios.

Ø      Beneficios. Cuando se tiene el derecho a conseguir la mayor parte de los beneficios o ventajas que procedan de la actividad de la sociedad de propósito especial. Ya sea por estatutos, acuerdo, poderes o cualquier otro acto o contrato. Beneficios de la entidad en forma de flujos netos de efectivo, ganancias u otro tipo de ganancias y ventajas futuras o distribuciones de patrimonio neto programadas de antemano o, ya sea como origen en una liquidación.

Ø      Riesgos. La entidad que presenta los estados financieros, con frecuencia, garantiza a los demás inversores que han proporcionado el resto del capital una tasa de rendimiento o forma de protección. Por lo que se retienen los riesgos inherentes de la propiedad y los otros inversores adquieren el carácter de prestamistas, pues su grado de exposición a pérdidas y ganancias ha quedado limitada. En otras palabras:
o       No poseen participación significativa en los activos de la SPV.
o       No tienen derecho a participar en los beneficios futuros de la SPV.
o       No están expuestos a los riesgos inherentes de la SPV de forma sustancial.
o       Reciben sustancial y principalmente los beneficios equivalentes al rendimiento de un prestamista,


Definición contable de negocio.

Un negocio es un conjunto integrado de actividades y activos susceptibles de ser dirigidos y gestionados con el propósito de proporcionar un rendimiento, menores costes u otros beneficios económicos directamente a los inversores u otros propietarios.

La norma internacional de contabilidad IFRS-3 lo define como insumos y procesos aplicados a los mismos que tienen la capacidad de crear productos (bienes o servicios). Definamos estos tres conceptos:

Ø      Insumo. Recurso económico que tiene la capacidad de elaborar productos si se aplica uno o más procesos.
Ø      Proceso. Sistema, norma, protocolo, convención o regla que se aplica a uno o varios insumos, y elabora o tiene la capacidad de elaborar productos. Deben estar debidamente documentados y además, tener la capacidad de dirigir y gestionar unos conjuntos de actividades integrados y activos que requiere, al menos, insumos y procesos.
Ø      Productos. Pues es el resultado de insumos y procesos aplicados a éstos que proporcionan o tienen la capacidad de proporcionar una rentabilidad o beneficio.

La determinación de si un conjunto concreto de activos y actividades es un negocio debe basarse en si el conjunto integrado es susceptible de ser dirigido y gestionado como un negocio por un participante del mercado. Para evaluar si un conjunto concreto es un negocio no es importante si el vendedor o adquirente explota el conjunto como un negocio.
En ausencia de evidencia en contrario, un conjunto concreto de activos y actividades en los que hay un fondo de comercio, deberá suponerse que es un negocio. Aunque es cierto, que un negocio no tiene por qué tener un fondo de comercio.

JIV


P.D..- Estoy preparando un artículo sobre la renta básica. Será un poco distinto a lo que he escrito en este blog, porque no solo será económico, sino que hablaré de otras cosas. Veré si puedo publicarlo la próxima semana.

No hay comentarios:

Publicar un comentario