Vamos, brevemente a definir que
es eso de empresas off-shore o estados/regiones off-shore.
El término off-shore
se refiere a una ubicación fuera de los límites nacionales, ya
sea que esa ubicación esté basada en tierra o agua. El término puede usarse
para describir bancos, corporaciones, inversiones y depósitos extranjeros.
I) SOCIEDAD OFF-SHORE
Las sociedades offshore
son aquellas que tienen su sede en el extranjero. Para
calificar como offshore, la entidad debe estar ubicada en cualquier país que no
sea el país de origen del cliente o del inversor.
Una sociedad offshore es aquella
registrada en un país en el que no desarrolla ninguna clase de actividad
económica. Es decir, es una sociedad instrumental o de propósito específico
(SPV) o de carácter patrimonial (tenencia de activos). Y se caracterizan además
con registrarse y crearse en países también off-shore.
¿Significa que una empresa constituida en estos países es automáticamente
off--shore? Pues no. Ya que si la empresa llevase a cabo alguna clase de
actividad económica en el país donde se ha constituido pasaría a ser una
empresa on-shore, por lo que debería pagar unos impuestos muy parecidos a los
de cualquier país (Sociedades, Consumo e impuestos o cotizaciones sociales de
los trabajadores)
Entonces, ¿Cuál es el motivo de
crear una empresa off-shore? ¿Por qué se constituyen? Pues es relativamente
sencillo de explicar. Pero antes vamos a explicar y aclarar que se considera o que
es un país o centro off-shore. Y luego concluiremos con el porqué, señalando
sus razones, ventajas e inconvenientes.
II) PAIS/REGIÓN
OFF-SHORE.
Un país o región off-shore no
solo se caracteriza por ser un paraíso fiscal (de hecho podría perfectamente no
ser un paraíso fiscal y si ser un territorio offshore, esto no ocurre a la
inversa), sino también por otros aspectos como los siguientes aspectos:
Ø
Facilidad de creación de empresas y ausencia de
trabas y costes administrativos administrativas. Es tal la rapidez en la
creación que incluso en 24 horas se puede constituir la sociedad.
Ø
Regulación mercantil muy laxa. Aquí nos podemos
encontrar con los siguientes puntos o especifidades:
Ø
Ausencia de obligación de redactar las cuentas
anuales de la empresa (Balance de Situación, Cuenta de Pérdidas y Ganancias,
Estado de Flujos de Efectivo, Memoria e Informe de Situación). En consecuencia,
no hay obligación de auditoria de las mismas. Esto tiene sus consecuencias
negativas para los inversores o deudores y para cualquier usuario de
Información Financiera, pues no tiene habilitación legal para poder exigir la
elaboración y publicidad de las citadas cuentas anuales (por motivos de
solvencia, rentabilidad y actividades de la empresa a la hora de tomar sus
decisiones sobre la misma).
Ø
Regímenes especiales de opacidad en términos
generales y de secreto bancario en término particular. Esto implica que no hay
obligación de colaboración con autoridades de otros estados o regiones y de
confidencialidad en cuanto a información relativa a localización de activos y
de sus propietarios.
Ø
Ausencia de un régimen de supervisión
financiero. Todo relativo al sector bancario, seguros y de valores. Lo que
implica una desprotección ante insolvencias de de entidades financieras, al
carecer de una regulación prudencial y de honorabilidad, control y supervisión en
cuanto a los administradores de la sociedad (ya sean uno o varios mancomunados
o constituidos en Consejo). En consecuencia a todo ello, ya desde 2003, a
titulo ejemplificativo y debido al impacto en el riesgo legal y reputacional de
las entidades de crédito en España, nuestro banco central establece unas
medidas especiales para estas entidades. https://www.bde.es/f/webbde/COM/supervision/politica/La_politica_de_las_entidades_de_credito_en_la_expansion.pdf
¿Qué países o regiones son
considerados como centros off-shore? Hay varios ejemplos. Andorra, las Bahamas,
Belice, Bermudas, las Islas Vírgenes Británicas, las Islas Caimán , las Islas
del Canal, las Islas Cook, la Isla de Jersey, Hong Kong, La Isla de Man,
Mauricio, Liechtenstein, Mónaco, Panamá, San Cristóbal y Nieves; entre otros.
Pero, ¿Luxemburgo es un país
off-shore? En sentido amplio sí. Pero, al estar dentro de la UE y dentro de la
UME tiene que respetar la legislación comunitaria aplicable a la defensa de
consumidores, usuarios e inversores minoristas sobre transparencia, y riesgos;
por lo que consecuentemente no sería un centro off-shore de manera estricta.
III) VENTAJAS E INCONVENIENTES DE ESTA ESTRUCTURA.
Vamos a ver ahora el porqué se
constituyen estas empresas. El debate está servido, pues hay muchos argumentos
a favor muy lógicos y sensatos.
Es necesario decir que no es
ilegal tener empresas off-shore siempre que se declare a la Agencia Tributaria
a través del modelo de declaración de bienes en el extranjero.
Ya henos mencionados que uno de
los razonamientos son las menores trabas y costes burocráticos para crear este
tipo de estructuras societarias. Y de menores costes de mantenimiento de la
misma. A efectos genéricos se suelen citar los siguientes puntos positivos:
Ofrecen privacidad:
Existe un elevado nivel de confidencialidad. Es muy difícil localizar sus
activos y a sus propietarios.
Ventajas fiscales:
Quien desee pagar menos impuestos puede crear una sociedad offshore.
Fácil constitución:
Trámites de registro y constitución rápidos y tasas relativamente bajas.
Ausencia de controles
societarios.
No obstante, es necesario decir
que, aunque es legal este tipo de sociedades, normalmente se suelen utilizar,
según indican sus detractores con argumentos también muy razonables que se
eluden determinados tributos como el Impuesto de Sucesiones, el Impuesto de
Patrimonio o impuestos sobre la renta y sobre el consumo.
Así también se les ha acusado de
utilizar estas sociedades para ocultar fondos procedentes de actividades
delictivas tales como el terrorismo o el tráfico de drogas (caso de por ejemplo
Gibraltar). Incluso las compañías offshore pueden emplearse para guardar dinero
no contabilizado (o para generar lo que se llama contabilidad creativa,
ocultación de patrimonio).
Asimismo, los críticos argumentan
que la deslocalización es una forma de ocultar las obligaciones tributarias
o las ganancias obtenidas ilegalmente de las autoridades.
Sin embargo, los partidarios de
estas sociedades argumentan, no sin un motivo razonable, que mejoran el
flujo de capital y facilitan las transacciones comerciales internacionales.
También, esas condiciones más
favorables en estos países (salarios, regulaciones laxas), pueden resultar en
ahorros significativos para el negocio, lo que sin duda puede beneficiar al
consumidor o usuario final (como puede ser el caso de los Fondos de Inversión
Colectiva por ejemplo).
Por último, tengo que recalcar,
como inconveniente desde un punto de vista del inversor es que la naturaleza (opaca)
misma del negocio dificulta su evaluación por parte de inversores.
La ausencia de transparencia, y de control de riesgos financieros puede ser un
lastre para el inversor (con la excepción de países dentro de la UE como ya se
ha explicado).
Además, la sociedad offshore
también corre el riesgo de perder los beneficios disponibles en su país
de origen, como los beneficios comerciales, o beneficios fiscales
(Deducciones o bonificaciones en las cuotas de los impuestos).
IV) EJEMPLO
Tomemos un ejemplo, supongamos
una empresa de comercio electrónico con productos que envías desde China a
Portugal.
La empresa tiene su sede en
China, donde tiene sus cuentas bancarias y realiza sus negocios de forma
regular, por ejemplo, contratando a alguien en el acto para todas las tareas
administrativas.
El negocio está bien establecido
en China, incluso si se vive en España, en este caso es posible, con la ayuda
de una empresa especializada, para dar todos los pasos en la legalidad.
Sin embargo, hay que tener en
cuenta en este contexto que la administración tributaria requiere que cualquier
residente fiscal declare sus cuentas en el extranjero utilizando el formulario
que deberá adjuntarse a la correspondiente declaración de impuestos.
Se debe indicar los detalles del
banco, referencias de cuenta, su naturaleza (cuenta de depósito, ahorros,…) y
especificar, entre otras cosas, si se trata de una cuenta personal o
profesional.
Por otro lado, no hay obligación de especificar el saldo de tus
cuentas en el extranjero.
De lo contrario, uno se expone a
sanciones pecuniarias, además de los impuestos que deberás regularizar con
intereses de demora.
Recordemos que tener una empresa
en un país/región off-shore no es ilegal, pero lo que sí que es ilegal es la
ocultación de activo y patrimonio para evadir impuestos o responsabilidades
legales.
JIV